Nave industrial en venta en Rubí
Datos básicos
- A861
- 490.000 €
- 578 m2(848 €/m2)
- Barcelona
- Rubí
- Bien
- 1.997 (29 años)
Distribución e instalaciones
- 2
- 1
- 578 m2
Detalles
490.000 €
SMART FINQUES pone a la venta una magnífica nave industrial, ubicada en una zona estratégica y de fácil acceso, que destaca por su amplitud, funcionalidad y excelente estado de conservación.
El inmueble dispone de una amplia zona diáfana de trabajo, ideal para múltiples actividades industriales o logísticas, además de un despacho independiente y un baño completamente equipado.
Además cuenta con un puente grúa en sus instalaciones.
578m2 aproximadamente.
· CEE ZLT8R1W08 ·RC 9027404DF1992N0004WI ·AICAT 9663 ·API 12535 ·
. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del TRLDCU: Impuestos a cargo del comprador: En el caso de IVA. - al tipo vigente (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido) En el caso de ITP. - sobre el mayor de los valores entre el precio de venta o el de referencia catastral, oscilando en función de las condiciones del comprador (Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) NOTARIA Y REGISTRO: Son gastos sometidos a arancel, si bien su coste estimado puede oscilar para la notaría y el registro (Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad respectivamente).
El inmueble dispone de una amplia zona diáfana de trabajo, ideal para múltiples actividades industriales o logísticas, además de un despacho independiente y un baño completamente equipado.
Además cuenta con un puente grúa en sus instalaciones.
578m2 aproximadamente.
· CEE ZLT8R1W08 ·RC 9027404DF1992N0004WI ·AICAT 9663 ·API 12535 ·
. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del TRLDCU: Impuestos a cargo del comprador: En el caso de IVA. - al tipo vigente (Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido) En el caso de ITP. - sobre el mayor de los valores entre el precio de venta o el de referencia catastral, oscilando en función de las condiciones del comprador (Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto refundido la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) NOTARIA Y REGISTRO: Son gastos sometidos a arancel, si bien su coste estimado puede oscilar para la notaría y el registro (Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios y Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad respectivamente).
- hace 6 días
- Bien
- 578 m2
- 847,75 €/m2
- 1
- 2
- 1997
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