Local comercial en alquiler en Figueres
Datos básicos
- PR-00470
- 1.200 €
- 90 m2(13 €/m2)
- Girona
- Figueres
- Reformado
- 1.990 (36 años)
Distribución e instalaciones
- 1
- 1
- 1
- 90 m2
- 1
Certificado energético
- C
Detalles
1.200 €
Se alquila local comercial de 90 m2 acondicionado como peluquería en 1ª planta con ascensor. Ubicado en el Carrer Nou, a escasos metros de la Rambla. Espacio totalmente reformado, con instalaciones modernas y listo para entrar a trabajar.
DISTRIBUCIÓN Y ESPACIOS:
Zona de trabajo central: Capacidad para 6 clientes simultáneos.
Zona de lavado: Área independiente y exclusiva.
Zona de secado: Espacio diferenciado para 2-3 puestos.
Recepción: Con área de espera (sofá) y zona de colgadores.
Aseo: Lavabo práctico y funcional.
Pantallas digitales para promociones
Zona técnica (trasera): Almacén, pica y termos de agua.
CALIDADES:
Suelos porcelánicos y paredes con aplacados de travertino.
Aire acondicionado por conductos.
Completamente equipado y con acabados de calidad.
Local operativo desde el primer día, ideal para profesionales que busquen una ubicación estratégica sin necesidad de reformas.
En cumplimiento del art. 20 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios (modificado por la Ley 10/2025), se informa que el PRECIO MENSUAL OFERTADO DE RENTA DEL INMUEBLE es: 1.200-€ no incluye gastos e impuestos inherentes a la formalización del contrato de arrendamiento de uso distinto de vivienda, correspondiendo al inquilino/arrendatario:
(I)IMPUESTOS: Impuesto de Valor Añadido (IVA): El arrendador emitirá una factura mensual por la renta fijada, incrementada con la aplicación del tipo correspondiente. El tipo de IVA será, con carácter general, del 21%.
*Los impuestos, tasas, contribuciones y demás cargas correspondientes al negocio y/o actividad, son de exclusiva cuenta y cargo del arrendatario.
(II)GASTOS: Arrendador y arrendatario podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan al inmueble arrendado o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Este pacto constará por escrito y determinando el importe anual de dichos gastos. Los que se individualizan por aparatos contadores serán del arrendatario.
(III)Honorarios de la agencia inmobiliaria: El arrendatario tendrá que abonar a la firma del contrato, la factura correspondiente a una mensualidad del arrendamiento más el IVA correspondiente del 21% .
- Contactanos para visitar
DISTRIBUCIÓN Y ESPACIOS:
Zona de trabajo central: Capacidad para 6 clientes simultáneos.
Zona de lavado: Área independiente y exclusiva.
Zona de secado: Espacio diferenciado para 2-3 puestos.
Recepción: Con área de espera (sofá) y zona de colgadores.
Aseo: Lavabo práctico y funcional.
Pantallas digitales para promociones
Zona técnica (trasera): Almacén, pica y termos de agua.
CALIDADES:
Suelos porcelánicos y paredes con aplacados de travertino.
Aire acondicionado por conductos.
Completamente equipado y con acabados de calidad.
Local operativo desde el primer día, ideal para profesionales que busquen una ubicación estratégica sin necesidad de reformas.
En cumplimiento del art. 20 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios (modificado por la Ley 10/2025), se informa que el PRECIO MENSUAL OFERTADO DE RENTA DEL INMUEBLE es: 1.200-€ no incluye gastos e impuestos inherentes a la formalización del contrato de arrendamiento de uso distinto de vivienda, correspondiendo al inquilino/arrendatario:
(I)IMPUESTOS: Impuesto de Valor Añadido (IVA): El arrendador emitirá una factura mensual por la renta fijada, incrementada con la aplicación del tipo correspondiente. El tipo de IVA será, con carácter general, del 21%.
*Los impuestos, tasas, contribuciones y demás cargas correspondientes al negocio y/o actividad, son de exclusiva cuenta y cargo del arrendatario.
(II)GASTOS: Arrendador y arrendatario podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan al inmueble arrendado o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Este pacto constará por escrito y determinando el importe anual de dichos gastos. Los que se individualizan por aparatos contadores serán del arrendatario.
(III)Honorarios de la agencia inmobiliaria: El arrendatario tendrá que abonar a la firma del contrato, la factura correspondiente a una mensualidad del arrendamiento más el IVA correspondiente del 21% .
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- hace 20 días
- Reformado
- 90 m2
- 13,33 €/m2
- 1
- 1
- 1990
Características
Aire acondicionado | Diáfano
Remax Jumbo Mar
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