Nave industrial en alquiler en Alcorcón

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Nave industrial en alquiler en Alcorcón
Datos básicos
  • PR99559897
  • 5.800
  • 975 m2(6 €/m2)
  • Madrid
  • Alcorcón
  • Bien
  • 1.970 (56 años)
Distribución e instalaciones
  • 1
  • 975 m2
Varios
  • 802 m2
Detalles
5.800
VER CONDIONES ABAJO

Nave industrial lista para operar ideal logística y distribución

Nave en muy buen estado, preparada para empezar actividad sin necesidad de adecuaciones. Disponible a partir del 30/05/2026.

Cuenta con una amplia zona de trabajo de 825,88 m2 en planta baja, con 9,5 metros de altura, perfecta para almacenaje en altura o actividad logística intensiva. Dispone además de vestuarios y aseos ya instalados.

En la planta superior se encuentran 150 m2 de oficinas, totalmente acondicionadas, listas para entrar y empezar a trabajar desde el primer día.

Incluye patio privado de 150 m2, vallado y pavimentado, ideal como zona de maniobra, carga o apoyo operativo.

El acceso está optimizado para vehículos pesados gracias a un portón TIR de gran tamaño, facilitando la operativa diaria.

La nave ofrece:

Estructura metálica robusta
Cubierta con aislamiento tipo sándwich
Instalación eléctrica trifásica
Alumbrado instalado
Sistema contra incendios (BIEs)
Preinstalación de calefacción
Ubicación estratégica, con salida rápida a M-406 y excelente conexión con M-50.
Metro Puerta del Sur a pocos minutos, facilitando el acceso del personal.

CONDICIONES:
- 1 MES DE AGENCIA + IVA
- 2 MESES DE FIANZA
- 6 MESES AVAL BANCARIO O DEPOSITOEn cumplimiento del art.20 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios (modificado por la Ley 10/2025), se informa que el PRECIO MENSUAL OFERTADO DE RENTA DEL INMUEBLE es: 5.800€ no incluye gastos e impuestos inherentes a la formalización del contrato de arrendamiento de uso distinto de vivienda, los cuales se enumeran a continuación correspondiendo al inquilino/arrendatario(I)IMPUESTOS: Impuesto del Valor Añadido (IVA): El arrendador emitirá una factura mensual por la renta fijada, incrementada con la aplicación del tipo correspondiente. El tipo de IVA será, con carácter general, del 21%.

*Los impuestos, tasas, contribuciones y demás cargas correspondientes al negocio y/o actividad, son de exclusiva cuenta y cargo del arrendatario.

(II)GASTOS: Arrendador y arrendatario podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan al inmueble arrendado o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. Los que se individualizan por aparatos contadores serán del arrendatario.

(III)Honorarios de la agencia inmobiliaria: El arrendatario tendrá que abonar a la firma del contrato la factura correspondiente a una mensualidad finalmente pactada, más IVA del 21% aplicado al importe de la mensualidad.

  • hace 23 días
  • Bien
  • 975 m2
  • 5,95 €/m2
  • 1
  • 1970
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