Parcela rústica en venta en Dénia
Detalles
385.000 € 428.000 €
Se presenta una oportunidad única de adquisición con este suelo urbano de 1200 m2 ubicado en el corazón del casco urbano de Dénia, Alicante. Este terreno es ideal para la construcción de viviendas y cuenta con un potencial edificable máximo que alcanza los 2880 m2t. Su ubicación estratégica garantiza excelentes comunicaciones tanto por transporte público, siendo accesible a través del tranvía (línea 9) que se encuentra a pocos minutos caminando, como por carretera gracias al fácil acceso a las vías CV-723 y CV-725. Estas características no solo permiten una conectividad óptima dentro de la localidad sino también hacia áreas cercanas, facilitando así la movilidad diaria para futuras residencias o proyectos inmobiliarios. La referencia catastral asignada es 8134610BD4083S0001PU mientras que su finca registral está identificada bajo el número 7015.
El precio publicado corresponde exclusivamente al terreno y no incluye impuestos ni gastos derivados de la compraventa, que serán de cuenta de la parte adquirente, salvo disposición legal imperativa o pacto expreso en contrario.
Entre dichos gastos se incluyen, con carácter meramente enunciativo y no limitativo, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) o, en su caso, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y Actos Jurídicos Documentados (AJD), así como gastos de notaría, registro de la propiedad, gestoría y, en su caso, honorarios de intermediación inmobiliaria.
En caso de transmisiones sujetas a ITP, se aplicará el tipo vigente en la Comunitat Valenciana en la fecha del devengo. Con carácter general, el tipo aplicable será el establecido por la normativa autonómica vigente en cada momento, que actualmente se sitúa, con carácter orientativo, en el 10% (42.800 €) con carácter general, pudiendo variar conforme a dicha normativa y sin perjuicio de la posible aplicación de tipos reducidos cuando proceda. La base imponible será la mayor entre el precio de compraventa declarado y el valor de referencia catastral determinado conforme a la normativa tributaria vigente.
En el caso de terrenos, la tributación podrá estar sujeta a IVA y AJD cuando la transmisión se realice por empresario o profesional o cuando, conforme a la normativa del IVA, no resulte sujeta a ITP, aplicándose el tipo que corresponda en cada caso según la normativa vigente.
Los gastos notariales y registrales se determinarán conforme a los aranceles oficiales establecidos en el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989, respectivamente. En su caso, los honorarios de gestoría podrán oscilar orientativamente entre 300 € y 400 €, IVA incluido, en función del alcance de los servicios efectivamente contratados.
Honorarios de intermediación inmobiliaria: con carácter general y salvo pacto en contrario, serán asumidos según lo acordado en cada operación y normativa aplicable.
La información es meramente informativa, orientativa y no contractual, pudiendo contener errores, variaciones de precio o condiciones o retirada sin previo aviso, sin responsabilidad legal.
No constituye oferta vinculante ni compromiso contractual.
Superficies, linderos y características son aproximadas y deben verificarse en documentación oficial.
La clasificación urbanística y usos dependen del planeamiento vigente, pudiendo existir limitaciones.
Se recomienda verificación oficial y asesoramiento profesional independiente antes de cualquier decisión.
El precio publicado corresponde exclusivamente al terreno y no incluye impuestos ni gastos derivados de la compraventa, que serán de cuenta de la parte adquirente, salvo disposición legal imperativa o pacto expreso en contrario.
Entre dichos gastos se incluyen, con carácter meramente enunciativo y no limitativo, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) o, en su caso, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y Actos Jurídicos Documentados (AJD), así como gastos de notaría, registro de la propiedad, gestoría y, en su caso, honorarios de intermediación inmobiliaria.
En caso de transmisiones sujetas a ITP, se aplicará el tipo vigente en la Comunitat Valenciana en la fecha del devengo. Con carácter general, el tipo aplicable será el establecido por la normativa autonómica vigente en cada momento, que actualmente se sitúa, con carácter orientativo, en el 10% (42.800 €) con carácter general, pudiendo variar conforme a dicha normativa y sin perjuicio de la posible aplicación de tipos reducidos cuando proceda. La base imponible será la mayor entre el precio de compraventa declarado y el valor de referencia catastral determinado conforme a la normativa tributaria vigente.
En el caso de terrenos, la tributación podrá estar sujeta a IVA y AJD cuando la transmisión se realice por empresario o profesional o cuando, conforme a la normativa del IVA, no resulte sujeta a ITP, aplicándose el tipo que corresponda en cada caso según la normativa vigente.
Los gastos notariales y registrales se determinarán conforme a los aranceles oficiales establecidos en el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989, respectivamente. En su caso, los honorarios de gestoría podrán oscilar orientativamente entre 300 € y 400 €, IVA incluido, en función del alcance de los servicios efectivamente contratados.
Honorarios de intermediación inmobiliaria: con carácter general y salvo pacto en contrario, serán asumidos según lo acordado en cada operación y normativa aplicable.
La información es meramente informativa, orientativa y no contractual, pudiendo contener errores, variaciones de precio o condiciones o retirada sin previo aviso, sin responsabilidad legal.
No constituye oferta vinculante ni compromiso contractual.
Superficies, linderos y características son aproximadas y deben verificarse en documentación oficial.
La clasificación urbanística y usos dependen del planeamiento vigente, pudiendo existir limitaciones.
Se recomienda verificación oficial y asesoramiento profesional independiente antes de cualquier decisión.
- hace 2 días
Grupo Economicasa
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