Parcela rústica en venta en Orihuela

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Parcela rústica en venta en Orihuela
Datos básicos
  • GESRB0000046474
  • 61.900 (antes 65.900 €)
  • Alicante
  • Orihuela
Detalles
61.900 65.900 €
Se ofrecen dos parcelas de suelo urbano con superficies de 344 m2 y 372 m2, ubicadas en el municipio de Orihuela, provincia de Alicante. Estas parcelas se encuentran situadas en la pedanía Raiguero de Bonanza, destacándose por su excelente comunicación a través del transporte privado gracias a su proximidad con la carretera N-340. La zona es urbana y cuenta con todos los servicios básicos necesarios para una vida diaria cómoda: alumbrado público, suministro regular de agua y electricidad, así como viales adecuados y acerados.En cuanto a las características constructivas; ambas parcelas permiten una edificabilidad máxima que asciende hasta los 899 m2t para la parcela menor (344 m2) y hasta los 872 m2t para la parcela mayor (372m2). El uso principal previsto es residencial aunque también contempla usos comerciales compatibles. No deje pasar esta magnífica oportunidad e infórmese sin compromiso sobre estas atractivas propiedades.
El precio publicado corresponde exclusivamente al terreno y no incluye impuestos ni gastos derivados de la compraventa, que serán de cuenta de la parte adquirente, salvo disposición legal imperativa o pacto expreso en contrario.
Entre dichos gastos se incluyen, con carácter meramente enunciativo y no limitativo, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) o, en su caso, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y Actos Jurídicos Documentados (AJD), así como gastos de notaría, registro de la propiedad, gestoría y, en su caso, honorarios de intermediación inmobiliaria.
En caso de transmisiones sujetas a ITP, se aplicará el tipo vigente en la Comunitat Valenciana en la fecha del devengo. Con carácter general, el tipo aplicable será el establecido por la normativa autonómica vigente en cada momento, que actualmente se sitúa, con carácter orientativo, en el 10% (6.190 €) con carácter general, pudiendo variar conforme a dicha normativa y sin perjuicio de la posible aplicación de tipos reducidos cuando proceda. La base imponible será la mayor entre el precio de compraventa declarado y el valor de referencia catastral determinado conforme a la normativa tributaria vigente.
En el caso de terrenos, la tributación podrá estar sujeta a IVA y AJD cuando la transmisión se realice por empresario o profesional o cuando, conforme a la normativa del IVA, no resulte sujeta a ITP, aplicándose el tipo que corresponda en cada caso según la normativa vigente.
Los gastos notariales y registrales se determinarán conforme a los aranceles oficiales establecidos en el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989, respectivamente. En su caso, los honorarios de gestoría podrán oscilar orientativamente entre 300 € y 400 €, IVA incluido, en función del alcance de los servicios efectivamente contratados.
Honorarios de intermediación inmobiliaria: con carácter general y salvo pacto en contrario, serán asumidos según lo acordado en cada operación y normativa aplicable.
La información es meramente informativa, orientativa y no contractual, pudiendo contener errores, variaciones de precio o condiciones o retirada sin previo aviso, sin responsabilidad legal.
No constituye oferta vinculante ni compromiso contractual.
Superficies, linderos y características son aproximadas y deben verificarse en documentación oficial.
La clasificación urbanística y usos dependen del planeamiento vigente, pudiendo existir limitaciones.
Se recomienda verificación oficial y asesoramiento profesional independiente antes de cualquier decisión.
  • hace 13 días
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