Parcela urbana en venta en Castellar del Vallès
Detalles
99.000 €
CONTROL IMMOBLES comercializa esta magnifica parcela urbana de 836 m2 en la urbanización Can Font. Fachada aproximada de 23 metros y fondo medio de unos 43 metros (según geometría de la parcela), adecuada para construir vivienda unifamiliar aislada (a cuatro vientos).
Dispone de suministros a pie de parcela: agua, electricidad, alcantarillado y gas natural.
Entorno residencial consolidado, tranquilo y con viviendas de tipología similar. Acceso directo a zona natural.
Parcela con espacio suficiente para jardín y piscina.
De acuerdo con el artículo 20.1.c) del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU) y con el Real Decreto 515/1989, el precio anunciado no incluye impuestos ni gastos derivados de la compraventa (notaría, registro e impuestos), salvo que se indique expresamente lo contrario. Si la operación está sujeta a IVA, se aplicará el tipo vigente conforme a la Ley 37/1992, así como el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) cuando corresponda. Si la operación está sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), este se liquidará conforme al Real Decreto Legislativo 1/1993 y a la normativa tributaria vigente en Cataluña.
Los gastos de notaría y registro se abonarán según arancel oficial, de conformidad con el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989.
El precio anunciado no incluye impuestos ni gastos de compraventa, pero no existen gastos añadidos por honorarios de intermediación para la parte compradora.
Dispone de suministros a pie de parcela: agua, electricidad, alcantarillado y gas natural.
Entorno residencial consolidado, tranquilo y con viviendas de tipología similar. Acceso directo a zona natural.
Parcela con espacio suficiente para jardín y piscina.
De acuerdo con el artículo 20.1.c) del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU) y con el Real Decreto 515/1989, el precio anunciado no incluye impuestos ni gastos derivados de la compraventa (notaría, registro e impuestos), salvo que se indique expresamente lo contrario. Si la operación está sujeta a IVA, se aplicará el tipo vigente conforme a la Ley 37/1992, así como el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) cuando corresponda. Si la operación está sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), este se liquidará conforme al Real Decreto Legislativo 1/1993 y a la normativa tributaria vigente en Cataluña.
Los gastos de notaría y registro se abonarán según arancel oficial, de conformidad con el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989.
El precio anunciado no incluye impuestos ni gastos de compraventa, pero no existen gastos añadidos por honorarios de intermediación para la parte compradora.
- ayer
CONTROL IMMOBLES
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