Parcela rústica en venta en Sentmenat
Detalles
63.000 €
PISOS CASTELLAR comercializa SOLAR en Can Perich.
La parcela consta de 150 m2 de superficie.
Se puede construir una vivienda entre medianeras de 230 m2.
Planta semisótano: 66 m2
Planta Baja: 66 m2
Planta primera: 66 m2
Planta Bajo Cubierta: 33 m2
TERRERO URBANIZABLE PARA VIVIENDA
Zona Tensionada: SI
Nº AICAT 6626
Nº API 3368
Condición de gran Tenedor: NO
De conformidad con el artículo 20.1.c) del TRLGDCU y con el Real Decreto 515/1989, el precio anunciado no incluye impuestos ni gastos de la compraventa, salvo indicación expresa. Si la operación está sujeta a IVA, se aplicará el tipo vigente conforme a la Ley 37/1992 y, cuando proceda, AJD. Si la operación está sujeta a ITP, este se liquidará conforme al Real Decreto Legislativo 1/1993 y a la normativa tributaria vigente en Cataluña. Los gastos de notaría y registro se abonarán según arancel, de conformidad con el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989. La parte compradora no asumirá los gastos que legalmente correspondan a la parte vendedora.
Los honorarios de esta inmobiliaria por la gestión de la compraventa los asume en su totalidad la parte vendedora.
*Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada del mercado sin aviso previo. Los datos expuestos incluidas las medidas tienen carácter meramente orientativo. La superficie publicada corresponde a la superficie emitida y pública por parte de la sede del catastro.
La parcela consta de 150 m2 de superficie.
Se puede construir una vivienda entre medianeras de 230 m2.
Planta semisótano: 66 m2
Planta Baja: 66 m2
Planta primera: 66 m2
Planta Bajo Cubierta: 33 m2
TERRERO URBANIZABLE PARA VIVIENDA
Zona Tensionada: SI
Nº AICAT 6626
Nº API 3368
Condición de gran Tenedor: NO
De conformidad con el artículo 20.1.c) del TRLGDCU y con el Real Decreto 515/1989, el precio anunciado no incluye impuestos ni gastos de la compraventa, salvo indicación expresa. Si la operación está sujeta a IVA, se aplicará el tipo vigente conforme a la Ley 37/1992 y, cuando proceda, AJD. Si la operación está sujeta a ITP, este se liquidará conforme al Real Decreto Legislativo 1/1993 y a la normativa tributaria vigente en Cataluña. Los gastos de notaría y registro se abonarán según arancel, de conformidad con el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989. La parte compradora no asumirá los gastos que legalmente correspondan a la parte vendedora.
Los honorarios de esta inmobiliaria por la gestión de la compraventa los asume en su totalidad la parte vendedora.
*Disponibilidad a acordar. La oferta está sujeta a cambios de precio o retirada del mercado sin aviso previo. Los datos expuestos incluidas las medidas tienen carácter meramente orientativo. La superficie publicada corresponde a la superficie emitida y pública por parte de la sede del catastro.
- hace 19 días
PISOS CASTELLAR
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