Parcela urbana en venta en Sentmenat
Detalles
75.000 € 96.000 €
SUBERNA Gestió Immobiliària, comercializa TERRENO en Can Palau (SENTMENAT).
Terreno de 190 m2, llano ideal para edificar en la zona de Can Palau de Sentmenat. Está ubicado a 2 minutos del colegio público, polideportivo, campo de fútbol y comercios. Y si lo que quieres es naturaleza , a 10 minutos andando la puedes encontrar.
Las imagenes constan de dos terrenos correlativos, cada uno de 190m2, los cuales se venden por separado.
Nº AICAT 8518
Nº API 3338
Zona Tensionada: SI
Condición de gran Tenedor: NO
De conformidad con el artículo 20.1.c) del TRLGDCU y con el Real Decreto 515/1989, el precio anunciado no incluye impuestos ni gastos de la compraventa, salvo indicación expresa. Si la operación está sujeta a IVA, se aplicará el tipo vigente conforme a la Ley 37/1992 y, cuando proceda, AJD. Si la operación está sujeta a ITP, este se liquidará conforme al Real Decreto Legislativo 1/1993 y a la normativa tributaria vigente en Cataluña. Los gastos de notaría y registro se abonarán según arancel, de conformidad con el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989. La parte compradora no asumirá los gastos que legalmente correspondan a la parte vendedora.
------------------------------------------115001 ETIQUETA ENERGETICA: EN TRÁMITE
Terreno de 190 m2, llano ideal para edificar en la zona de Can Palau de Sentmenat. Está ubicado a 2 minutos del colegio público, polideportivo, campo de fútbol y comercios. Y si lo que quieres es naturaleza , a 10 minutos andando la puedes encontrar.
Las imagenes constan de dos terrenos correlativos, cada uno de 190m2, los cuales se venden por separado.
Nº AICAT 8518
Nº API 3338
Zona Tensionada: SI
Condición de gran Tenedor: NO
De conformidad con el artículo 20.1.c) del TRLGDCU y con el Real Decreto 515/1989, el precio anunciado no incluye impuestos ni gastos de la compraventa, salvo indicación expresa. Si la operación está sujeta a IVA, se aplicará el tipo vigente conforme a la Ley 37/1992 y, cuando proceda, AJD. Si la operación está sujeta a ITP, este se liquidará conforme al Real Decreto Legislativo 1/1993 y a la normativa tributaria vigente en Cataluña. Los gastos de notaría y registro se abonarán según arancel, de conformidad con el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989. La parte compradora no asumirá los gastos que legalmente correspondan a la parte vendedora.
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- hace 9 días
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