Parcela rústica en venta en Sitges

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Parcela rústica en venta en Sitges
Datos básicos
  • 18-02364
  • 210.000
  • Barcelona
  • Sitges
Detalles
210.000
Parcela con vistas ideal inversores.
La finca está ubicada en una zona de en proceso reparcelación.
El plan urbanistico tiene el proyecto ya muy avanzado, pero todavía no dan permisos para construir al no estar aprobado definitivamente.
Esta finca tiene en este momento 875 m2 y hay que descosntar la parte de la urbanización pendiente de su aprobación definitiva.

NOTA:
En los importes indicados no se hayan incluido los impuestos y tasas aplicables a la compra o alquiler del bien inmueble.
Las fotografías, vídeos, planos y demás documentación gráfica pueden no corresponder con la realidad actual, así como los metrajes y superficies, y no tienen carácter contractual. Salvo indicación contraria, los muebles y equipamiento que aparecen en el anuncio no están incluidos en el precio.
Tampoco están incluidos en el precios los gastos e impuestos de formalización de la compraventa : IVA, ITP, Notario, Registro, etc.

INFORMACIÓN ADICIONAL: En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado NO INCLUYE los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:

• Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Cataluña (Valor del Inmueble hasta 600.000€ = 10% (15.000€) , de 600.001€ a 900.000€ = 11%, de 900.000€ a 1.500.000€ = 12%, más de 1.500.000€ = 13%), sin perjuicio de los tipos reducidos del 5%, y el 7%, aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.

Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Cataluña, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria de la Agencia Tributaria Catalana, en el siguiente enlace: https://atc.gencat.cat/es/tributs/itpajd/tpo/tarifes-tipus/

• Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.

• Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.

• Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral, según las tarifas del profesional interviniente.

Los gastos derivados de la compraventa (Notaría, Registro de la Propiedad y Gestoría), se estiman orientativamente entre el 1% y el 3% del precio de venta, en función de los aranceles oficiales y el profesional elegido.
• Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP.
  • hace 12 días
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