Apartamento en alquiler en Benidorm
Datos básicos
- 300000
- 900 €
- 52 m2(17 €/m2)
- Alicante
- Benidorm
- Reformado
- 1.970(56 años)
Distribución e instalaciones
- 16
- 1 (dobles 1)
- 1
- 1
Varios
- Semi-amueblado
- Sí
Certificado energético
Detalles
900 €
ALQUILER DE TEMPORADA MEDIA – DEL 1 DE SEPTIEMBRE DE 2026 AL 31 DE MAYO DE 2027 – NO ES ALQUILER PARA TODO EL AÑO
Apartamento reformado, situado en una planta alta y con una excelente orientación sur, que ofrece mucha luz natural, claridad y agradables vistas panorámicas al mar y a la montaña. La vivienda se distribuye en una moderna cocina abierta integrada en el salón, baño completo con plato de ducha, un dormitorio con cama doble y armario, salón y una terraza acristalada integrada en la zona de estar, creando un espacio cómodo y luminoso.
La vivienda se encuentra en una urbanización con buenas zonas comunes, que dispone de piscina comunitaria, jardín, ascensores y servicio de conserjería. Además, se incluye una plaza de garaje privada, aportando mayor comodidad durante la estancia.
CONDICIONES DEL ALQUILER: Se trata de un alquiler de temporada media, exclusivamente por la temporada completa de 9 meses, desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de mayo de 2027, destinado a estancias temporales y no a satisfacer una necesidad permanente de vivienda. NO ES UN ALQUILER PARA TODO EL AÑO NI UN ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL.
La vivienda se alquila únicamente por los 9 meses completos y de forma continua. No se alquila por quincenas, meses sueltos ni por periodos inferiores a la temporada completa.
La estancia deberá estar motivada por una causa temporal y justificada, como pueden ser motivos laborales, desplazamiento temporal, estudios, tratamientos, obras o reformas en la vivienda habitual, vacaciones u otra circunstancia que justifique la necesidad temporal de alojamiento.
El arrendatario deberá acreditar y justificar el motivo y la duración de la estancia, cuando corresponda, y deberá respetar el carácter temporal del contrato. La duración del alquiler será de 9 meses completos y consecutivos, desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de mayo de 2027, por lo que no se trata de un contrato destinado a establecer la residencia habitual y permanente del inquilino.
IMPORTANTE: Antes de formalizar el alquiler, se deberá indicar y acreditar, en su caso, el motivo de la estancia. La vivienda se alquila exclusivamente por la temporada completa de 9 meses, desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de mayo de 2027. No se aceptan alquileres por quincenas, meses sueltos ni periodos inferiores o diferentes a la temporada completa.
Una excelente opción para quienes necesitan una vivienda cómoda, reformada, luminosa y con garaje durante un periodo determinado, sin necesidad de establecer en ella su residencia habitual.
Apartamento reformado, situado en una planta alta y con una excelente orientación sur, que ofrece mucha luz natural, claridad y agradables vistas panorámicas al mar y a la montaña. La vivienda se distribuye en una moderna cocina abierta integrada en el salón, baño completo con plato de ducha, un dormitorio con cama doble y armario, salón y una terraza acristalada integrada en la zona de estar, creando un espacio cómodo y luminoso.
La vivienda se encuentra en una urbanización con buenas zonas comunes, que dispone de piscina comunitaria, jardín, ascensores y servicio de conserjería. Además, se incluye una plaza de garaje privada, aportando mayor comodidad durante la estancia.
CONDICIONES DEL ALQUILER: Se trata de un alquiler de temporada media, exclusivamente por la temporada completa de 9 meses, desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de mayo de 2027, destinado a estancias temporales y no a satisfacer una necesidad permanente de vivienda. NO ES UN ALQUILER PARA TODO EL AÑO NI UN ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL.
La vivienda se alquila únicamente por los 9 meses completos y de forma continua. No se alquila por quincenas, meses sueltos ni por periodos inferiores a la temporada completa.
La estancia deberá estar motivada por una causa temporal y justificada, como pueden ser motivos laborales, desplazamiento temporal, estudios, tratamientos, obras o reformas en la vivienda habitual, vacaciones u otra circunstancia que justifique la necesidad temporal de alojamiento.
El arrendatario deberá acreditar y justificar el motivo y la duración de la estancia, cuando corresponda, y deberá respetar el carácter temporal del contrato. La duración del alquiler será de 9 meses completos y consecutivos, desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de mayo de 2027, por lo que no se trata de un contrato destinado a establecer la residencia habitual y permanente del inquilino.
IMPORTANTE: Antes de formalizar el alquiler, se deberá indicar y acreditar, en su caso, el motivo de la estancia. La vivienda se alquila exclusivamente por la temporada completa de 9 meses, desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de mayo de 2027. No se aceptan alquileres por quincenas, meses sueltos ni periodos inferiores o diferentes a la temporada completa.
Una excelente opción para quienes necesitan una vivienda cómoda, reformada, luminosa y con garaje durante un periodo determinado, sin necesidad de establecer en ella su residencia habitual.
- hace 2 horas
- Reformado
- 52 m2
- 17,31 €/m2
- 1
- 1
- 1970
Características
Aire acondicionado | Urbanización cerrada | Vistas al mar
Inmobiliaria Colmenero
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