Edificio en venta en Crevillent

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Edificio en venta en Crevillent
Datos básicos
  • GEAXAC_CREVILLENTE
  • 30.000 €
  • 135 m2(222 €/m2)
  • Alicante
  • Crevillent
  • A reformar
  • 1.975(51 años)
Certificado energético
  • G
Detalles
30.000 €
OPORTUNIDAD PARA INVERSORES!

VENTA DE CRÉDITO HIPOTECARIO (NPL).

ACTIVO SIN POSESIÓN – OPERACIÓN NO HIPOTECABLE.

Descripción del inmueble: Adquisición de crédito en ejecución hipotecaria, pago al contado, no se puede financiar.

Edificio completo compuesto por dos bajos: uno de 44,10 m2 construidos que se distribuye en hall, salón comedor, un dormitorio y baño; y otro de 36,85 m2 construidos que se distribuye e salón-cocina, dormitorio, y baño, un primero de 44,10 m2 construidos que se distribuye en dormitorio, cocina y baño; y cubierta de 9,40 m2 construidos que se distribuye en aseo y terraza. El precio publicado corresponde exclusivamente al crédito hipotecario objeto de cesión o compraventa, y no incluye impuestos ni gastos derivados de la operación, que serán asumidos por la parte cesionaria o adquirente, salvo disposición legal imperativa o pacto expreso en contrario.

Entre dichos gastos se incluyen, con carácter enunciativo y no limitativo, los siguientes: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) o, en su caso, el régimen fiscal que resulte aplicable a la cesión de créditos, así como gastos de registro, gestoría y, en su caso, honorarios de intermediación o asesoramiento.

En caso de sujeción a ITP, se aplicará el tipo vigente en la Comunidad Valenciana en la fecha del devengo. Con carácter general, dicho tipo es del 9 % (2.700 €), sin perjuicio de la posible aplicación de tipos reducidos (8 %, 6 %, 4 % o 3 %) cuando proceda conforme a la normativa autonómica aplicable y a las circunstancias del adquirente o a la naturaleza de la operación. La base imponible será la determinada conforme a la normativa fiscal aplicable a la transmisión de créditos o derechos.

Los gastos de registro se regirán por los aranceles oficiales establecidos en el Real Decreto 1427/1989. Los honorarios de gestoría, si proceden, se determinarán según los servicios efectivamente contratados.

Los honorarios de intermediación, salvo pacto en contrario, serán asumidos por la parte vendedora o cedente conforme a lo acordado en la operación.

La información tiene carácter meramente informativo y no contractual, pudiendo contener errores, variaciones o modificaciones sin previo aviso, sin que ello genere responsabilidad.

Esta información no constituye oferta vinculante ni compromiso contractual.

Se recomienda realizar una verificación jurídica y fiscal independiente antes de formalizar cualquier operación de cesión o adquisición de crédito hipotecario.
  • ayer
  • A reformar
  • 135 m2
  • 222,22 €/m2
  • 1975
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