Casa en venta en Vera
Datos básicos
- MC-014
- 475.000 €
- 122 m2(3.893 €/m2)
- Almería
- Vera
- Bien
- Independiente
Distribución e instalaciones
- 3 (interiores 3)
- 3
Varios
- 227 m2
- Sí
Certificado energético
Detalles
475.000 €
Descubre la impresionante Villa, situada en un exclusivo Residencial de Vera, Almería. Esta propiedad destaca por su diseño moderno - y una distribución que maximiza cada metro cuadrado. Con una parcela de 227m2 - y un total construido de 122m2, cuenta con tres amplios dormitorios - ideales para tu descanso familiar. Además, dispone de tres baños completos - equipados con acabados contemporáneos-️.La orientación sureste garantiza luz natural durante todo el día ☀️ mientras disfrutas del elegante solárium privado -de 35m2 perfecto para tus reuniones al aire libre o momentos relajantes. Encuentra también la opción adicional -de personalizar un sótano diáfano según tus necesidades (sala de juegos - , gimnasio - o espacio extra). Esta Villa es más que una casa; es el hogar ideal para quienes buscan vivir rodeados de tranquilidad - sin renunciar a las comodidades modernas ✨ ¡No pierdas esta oportunidad única! Transforme este sueño inmobiliario en tu nuevo hogar hoy mismo! En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio de venta indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales serán asumidos por la parte compradora y se desglosan a continuación:
*IMPUESTOS A PAGAR EN VIVIENDAS*
1) Primera transmisión (obra nueva):
-Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): 10% (Tipo General): Se aplica a la gran mayoría de viviendas de obra nueva, incluyendo hasta un máximo de dos plazas de garaje y anexos que se transmitan conjuntamente en el mismo edificio. 4% (Tipo Reducido): Se aplica exclusivamente a las Viviendas de Protección Oficial (VPO) de régimen especial o de promoción pública. Más info en: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/iva-operaciones-inmobiliarias/compro-vivienda-tengo-que-pagar-itp.html
-Actos Jurídicos Documentados (IAJD):1,4% (Tipo General): Es el porcentaje estándar aplicable a las escrituras de compraventa de obra nueva sujetas a IVA.0,1% (Tipo Superreducido): Bonificación especial aplicable si la propiedad de obra nueva se destina a ser tu primera vivienda habitual.
A continuación se detallan los porcentajes vigentes, incluyendo las recientes actualizaciones fiscales introducidas por la Generalitat Valenciana: https://hisenda.gva.es/es/web/tributos/beneficis-fiscals-2026
2) Segunda transmisión (reventas, segunda mano):
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de 9% (generalmente, sin perjuicio de tipos reducidos del 8%, 6%, 4% o 3% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en la Comunidad Valenciana, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria Valenciana en el siguiente enlace: https://atv.gva.es/es/itpajd
*IMPUESTOS A PAGAR EN LOCALES, NAVES Y OFICINAS*
1) Primera transmisión (obra nueva) de local, nave u oficina: Cuando el vendedor es promotor, constructor, empresario que realiza la primera entrega, la operación queda sujeta a IVA al 21 % (Si el comprador es empresario/profesional con derecho a deducción, podrá recuperar el IVA soportado) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) al 1,4 %
2) Segunda transmisión de local, nave u oficina usada: Cuando la operación no tributa por IVA, la compra queda sometida a Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP) al 9 % hasta 1.000.000 € de base imponible y 11 % sobre el exceso de 1.000.000 €
3) Segunda transmisión entre empresarios con renuncia a la exención de IVA. Esta sigue siendo una de las operaciones más habituales en naves industriales, edificios de oficinas, locales comerciales de inversión. Cuando procede la renuncia a la exención de IVA tributa p...
*IMPUESTOS A PAGAR EN VIVIENDAS*
1) Primera transmisión (obra nueva):
-Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): 10% (Tipo General): Se aplica a la gran mayoría de viviendas de obra nueva, incluyendo hasta un máximo de dos plazas de garaje y anexos que se transmitan conjuntamente en el mismo edificio. 4% (Tipo Reducido): Se aplica exclusivamente a las Viviendas de Protección Oficial (VPO) de régimen especial o de promoción pública. Más info en: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/iva-operaciones-inmobiliarias/compro-vivienda-tengo-que-pagar-itp.html
-Actos Jurídicos Documentados (IAJD):1,4% (Tipo General): Es el porcentaje estándar aplicable a las escrituras de compraventa de obra nueva sujetas a IVA.0,1% (Tipo Superreducido): Bonificación especial aplicable si la propiedad de obra nueva se destina a ser tu primera vivienda habitual.
A continuación se detallan los porcentajes vigentes, incluyendo las recientes actualizaciones fiscales introducidas por la Generalitat Valenciana: https://hisenda.gva.es/es/web/tributos/beneficis-fiscals-2026
2) Segunda transmisión (reventas, segunda mano):
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de 9% (generalmente, sin perjuicio de tipos reducidos del 8%, 6%, 4% o 3% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble). El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior. Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en la Comunidad Valenciana, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria Valenciana en el siguiente enlace: https://atv.gva.es/es/itpajd
*IMPUESTOS A PAGAR EN LOCALES, NAVES Y OFICINAS*
1) Primera transmisión (obra nueva) de local, nave u oficina: Cuando el vendedor es promotor, constructor, empresario que realiza la primera entrega, la operación queda sujeta a IVA al 21 % (Si el comprador es empresario/profesional con derecho a deducción, podrá recuperar el IVA soportado) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) al 1,4 %
2) Segunda transmisión de local, nave u oficina usada: Cuando la operación no tributa por IVA, la compra queda sometida a Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (ITP) al 9 % hasta 1.000.000 € de base imponible y 11 % sobre el exceso de 1.000.000 €
3) Segunda transmisión entre empresarios con renuncia a la exención de IVA. Esta sigue siendo una de las operaciones más habituales en naves industriales, edificios de oficinas, locales comerciales de inversión. Cuando procede la renuncia a la exención de IVA tributa p...
- 25/09/2026
- Bien
- 122 m2
- 3.893,44 €/m2
- Independiente
- 3
- 3
- 227 m2
Características
Gimnasio
Channel Group Inmobiliaria
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