Apartamento en alquiler en Mogán

11
Apartamento en alquiler en Mogán
Datos básicos
  • R0101
  • 1.500
  • 53 m2(28 €/m2)
  • Las Palmas
  • Mogán
  • Bien
  • 2.008(17 años)
Distribución e instalaciones
  • 1
  • 2 (dobles 1, interiores 1)
  • 1
  • 1(6 m2)
Varios
  • Semi-amueblado
Certificado energético
  • G
Detalles
1.500
DISPONIBLE UNICAMENTE POR TEMPORADA, DESDE ENERO HASTA ABRIL 2026

Presentamos este amplio y luminoso apartamento en zona residencial de Arguineguín, concretamente en Loma 2.

Se encuentra en un pequeño complejo con piscina comunitaria y bonitas visitas al mar.
Se distribuye en salón-cocina amplio y con mucha luminosidad, 1 dormitorio doble con armario empotrado, un cuarto de baño completo con plato de ducha , y un dormitorio simple, ademas de una maravillosa terraza donde poder disfrutar de comidas al aire libre y preciosos atardeceres.

Ubicado en planta alta, lo que permite un acceso directo desde la calle sin preocuparse por las escaleras.

Ocupación máxima de 3 personas, no se permiten mascotas.

Los gastos de suministro como agua y luz, están incluidos en el precio hasta un máximo de 60€/mes.

Si quiere disfrutar de unas pequeñas vacaciones, aprovechar el maravilloso clima y relajarse en lugar tranquilo; ¡¡no lo dude más y reservelo!!

*Visitas a la propiedad*: Todos los interesados en ver la propiedad deberán presentar un documento de identificación válido, como DNI, NIE o pasaporte, antes de la visita. Además, se requerirá que firmen una hoja de visita al ingresar a la propiedad.

** Para reservar la propiedad será necesario el pago inicial de 1 mes de fianza (a devolver en plazos legales, después de haberle entregado la vivienda al propietario, siempre y cuando el estado de la misma sea igual que en el momento de su entrega al inquilino y que se cumpla con las condiciones del contrato del alquiler).
**La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, fue aprobada en el Congreso el 27 de abril de 2023 y en el Senado el 18 de mayo de 2023. Entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, el 26 de mayo de 2023. En su artículo 20, ubicado en el apartado 1, se establece que los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador.
Esta normativa NO SE APLICA a los contratos de arrendamiento de uso distinto al de vivienda, como los de locales comerciales, ni a los contratos de arrendamiento por temporada. En estos casos, el arrendatario es quien asume el pago de los honorarios de la agencia, junto con el IGIC correspondiente.
*** La información sobre la propiedad está basada en posibles errores y cambios involuntarios.
  • hace 2 días
  • Bien
  • 53 m2
  • 28,3 €/m2
  • 2
  • 1
  • 2008
Características
Aire acondicionado | Urbanización cerrada | Vistas al mar
Contactar
Compartir
Tu opinión
×Esta web utiliza cookies técnicas, de personalización y análisis, propias y de terceros, para facilitarle la navegación de forma anónima y analizar estadísticas del uso de la web. Consideramos que si continúa navegando, acepta su uso. Más información.