Ático en alquiler en Rincón de la Victoria
Datos básicos
- 7272-01180
- 1.200 €
- 80 m2(15 €/m2)
- Málaga
- Rincón de la Victoria
- A estrenar
- 2.025(1 años)
Distribución e instalaciones
- 2 (dobles 2)
- 1
- 1(75 m2)
- 1
Varios
- Semi-amueblado
- Acumuladores calor azul
- Sí
- Sí
Certificado energético
- D
Detalles
1.200 €
Descubre tu refugio perfecto para esta temporada, disponible hasta final de Junio 2027. Este luminoso y moderno apartamento, situado a solo 1 km de la playa, está diseñado con un gusto exquisito, combinando estilo contemporáneo, toques cálidos y espacios exteriores con vistas al mar. Es ideal para quienes buscan desconectar, teletrabajar o disfrutar de una estancia inolvidable.
Salón-comedor en tonos neutros con sofá chaise longue, ventilador de techo y grandes ventanales.
Cocina totalmente equipada con barra de desayuno y electrodomésticos integrados (horno, microondas, lavavajillas y nevera).
Dormitorio principal es un oasis con cama doble y rincón de lectura. El secundario cuenta con cama individual, claraboya de luz cenital, escritorio vintage y armarios empotrados.
Baño espacioso y de líneas vanguardistas, con efecto mármol y amplia ducha.
Terraza acristalada acceso directo desde el salón para disfrutar de desayunos y cenas con vistas despejadas al mar y la montaña.
Solarium privado subiendo por la escalera de caracol exterior, encontrarás una inmensa azotea con césped artificial, zona chill-out, tumbonas y una gran pérgola. El lugar definitivo para los atardeceres frente al Mediterráneo.
La propiedad incluye parking, además de piscina comunitaria y pistas de pádel en la urbanización.La vivienda se ofrece mediante contrato de arrendamiento de temporada, destinado a aquellas personas que necesiten alojamiento durante un periodo determinado por una causa temporal y debidamente justificada.
Entre otros motivos, el alquiler podrá estar vinculado a:
Desplazamiento temporal por motivos laborales.
Estudios, cursos, másteres o periodos de formación.
Tratamientos, asistencia o necesidades médicas temporales.
Vacaciones, ocio o estancias recreativas.
Cualquier otra circunstancia temporal que justifique la necesidad de alojamiento durante un periodo limitado.
De conformidad con el artículo 3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el arrendamiento no está destinado a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.
Por este motivo, será necesario indicar y acreditar documentalmente la causa que justifica la temporalidad de la estancia en el momento de formalizar el contrato.
Si desea saber más de esta propiedad, puede contactar al +34 641 71 93 39.
Salón-comedor en tonos neutros con sofá chaise longue, ventilador de techo y grandes ventanales.
Cocina totalmente equipada con barra de desayuno y electrodomésticos integrados (horno, microondas, lavavajillas y nevera).
Dormitorio principal es un oasis con cama doble y rincón de lectura. El secundario cuenta con cama individual, claraboya de luz cenital, escritorio vintage y armarios empotrados.
Baño espacioso y de líneas vanguardistas, con efecto mármol y amplia ducha.
Terraza acristalada acceso directo desde el salón para disfrutar de desayunos y cenas con vistas despejadas al mar y la montaña.
Solarium privado subiendo por la escalera de caracol exterior, encontrarás una inmensa azotea con césped artificial, zona chill-out, tumbonas y una gran pérgola. El lugar definitivo para los atardeceres frente al Mediterráneo.
La propiedad incluye parking, además de piscina comunitaria y pistas de pádel en la urbanización.La vivienda se ofrece mediante contrato de arrendamiento de temporada, destinado a aquellas personas que necesiten alojamiento durante un periodo determinado por una causa temporal y debidamente justificada.
Entre otros motivos, el alquiler podrá estar vinculado a:
Desplazamiento temporal por motivos laborales.
Estudios, cursos, másteres o periodos de formación.
Tratamientos, asistencia o necesidades médicas temporales.
Vacaciones, ocio o estancias recreativas.
Cualquier otra circunstancia temporal que justifique la necesidad de alojamiento durante un periodo limitado.
De conformidad con el artículo 3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el arrendamiento no está destinado a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario.
Por este motivo, será necesario indicar y acreditar documentalmente la causa que justifica la temporalidad de la estancia en el momento de formalizar el contrato.
Si desea saber más de esta propiedad, puede contactar al +34 641 71 93 39.
- hace 3 días
- A estrenar
- 80 m2
- 15 €/m2
- 2
- 1
- 2025
Características
Aire acondicionado | Puerta de seguridad | Solarium | Urbanización cerrada | Video portero | Vistas al mar
Remax Coast
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