Ático dúplex en alquiler en Vélez-Málaga

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Ático dúplex en alquiler en Vélez-Málaga
Datos básicos
  • 7272-01099
  • 1.800
  • 150 m2(12 €/m2)
  • Málaga
  • Vélez-Málaga
  • Bien
  • 2.025(1 años)
Distribución e instalaciones
  • 6
  • 3 (dobles 3)
  • 3
  • 1
Varios
  • Semi-amueblado
  • Acumuladores calor azul
Certificado energético
etiqueta energética
Detalles
1.800
ALQUILER SOLO DE OCTUBRE A JUNIO 2027 (estancia mínima de 6 meses)
Magnifico ático dúplex nuevo a estrenar en Torre del Mar, situado en la Calle Mar Cantábrico, una ubicación privilegiada que combina tranquilidad, comodidad y cercanía a la playa.

Este ático cuenta con tres amplios dormitorios y tres cuartos de baños completos con plato de ducha, un luminoso salón-comedor con acceso a una amplia terraza con preciosas vistas al mar y una cocina totalmente equipada. Su decoración contemporánea, sus acabados de calidad y su mobiliario completamente nuevo hacen que cada rincón invite al descanso y al confort.

El residencial dispone de una fantástica piscina comunitaria, ideal para relajarse y disfrutar del excelente clima de la zona durante gran parte del año. Cuenta también con una sala de gimnasio abierta de 10 a 21 horas todos los días.

La playa se encuentra a pocos minutos, al igual que el paseo marítimo, donde podrás encontrar una gran variedad de restaurantes, chiringuitos, cafeterías, supermercados y comercios. Además, su excelente ubicación permite descubrir fácilmente otros destinos de la Costa del Sol como Nerja o Málaga centro.

ALQUILER DE TEMPORADA.
Modalidad y Finalidad del Contrato: Este inmueble se alquila bajo la modalidad de arrendamiento de temporada, destinado a cubrir necesidades de alojamiento por un tiempo limitado. La finalidad del alquiler puede ser, entre otras debidamente justificadas:

-desplazamiento laboral temporal;
-estudios, cursos o formación;
-tratamiento o asistencia médica;
-obras o reformas en la vivienda habitual;
-traslado temporal por circunstancias personales o familiares;
-otras necesidades temporales debidamente justificadas.

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 3.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, este contrato no tiene como objeto satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario. Será requisito indispensable que el inquilino haga constar y acredite documentalmente la causa de la temporalidad al formalizar el contrato.

Se requiere solvencia económica e ingresos demostrables, además dos mensualidades de renta en concepto de fianza legal, según el artículo 36.1 LAU + una mensualidad de honorarios profesionales de intermediación, con los impuestos legalmente aplicables.
  • hace 3 días
  • Bien
  • 150 m2
  • 12 €/m2
  • 3
  • 3
  • 2025
Características
Aire acondicionado | Gimnasio | Puerta de seguridad | Urbanización cerrada | Video portero | Vistas al mar | Zonas ajardinadas
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